Los argentinos/as residentes en el exterior pueden participar de las elecciones nacionales siempre que tengan su domicilio en el exterior asentado en el DNI
Cada elector vota para elegir Diputados Nacionales en todo el territorio de la República Argentina, y Senadores Nacionales en Capital Federal y en las provincias de Chaco, Entre Ríos, Neuquén, Río Negro, Salta, Santiago del Estero y Tierra del Fuego.
La votación puede ser:
Presencial: Se realiza el día de los comicios generales, en el horario establecido para el acto electoral, en la sede de la representación diplomática o consular argentina correspondiente al domicilio asentado en el DNI.
Por correo postal, previa inscripción.
El voto de los argentinos/as residentes en el exterior se realiza mediante Boleta Única de Papel (BUP) y es de carácter optativo.
Electores en tránsito en el exterior. Justificación de no emisión del voto.
No pueden votar en el exterior los electores argentinos que:
Para justificar la no emisión del voto, acceder al Registro de Infractores al deber de votar.
Los argentinos/as residentes en el exterior pueden optar por emitir el sufragio por correo postal, manifestando previamente su voluntad de emitir el sufragio por correo postal, inscribiéndose en el registro que se habilita a tal fin.
La inscripción puede realizarse desde 150 días hasta 120 días antes de la elección general.
Marcar en la BUP la opción de tu preferencia (en la/s categoría/s correspondiente/s).
Introducir la boleta en el sobre de resguardo del voto y cerrarlo de modo tal que asegure el secreto del voto.
Completar y firmar el formulario de la declaración jurada de identidad.
Colocar el sobre de resguardo del voto junto con la declaración jurada de identidad dentro del sobre de envío del voto y asegurarse de cerrarlo correctamente.
Enviar el sobre de envío del voto por correo postal, sin costo, a la representación diplomática o consular correspondiente o depositarlo personalmente en los buzones que se instalen en las representaciones.