PREGUNTAS FRECUENTES
1. ¿Qué es el Portal de Agrupaciones Políticas?
2. ¿Para qué sirve el Portal de Agrupaciones Políticas?
3. ¿Quién tiene acceso al Portal de Agrupaciones Políticas?
  • los apoderados/as de los partidos políticos;
  • los certificantes;
  • los operadores de precarga; y
  • los respectivos Juzgados Federales Electorales.

Para tener en cuenta:

  • Los APODERADOS/AS y CERTIFICANTES deben estar registrados como tales por la Secretaría Electoral correspondiente en el Sistema Informático de Gestión de Agrupaciones Políticas (SIGAP).
  • Para asignar el perfil PRECARGA (OPERADOR), la persona debe estar afiliada al partido correspondiente.

4. El uso del Portal de Agrupaciones Políticas ¿reemplaza o exime al partido político de cumplir alguno de los requisitos exigidos previo a su implementación?
5. ¿Cuáles son las etapas que atraviesa una afiliación en el Portal de Agrupaciones Políticas?
  • Precarga de la afiliación: se ingresan los datos y la documentación.
  • Validaciones en línea: el Portal verifica determinados datos con el Registro Nacional de Electores y el Registro Nacional de Agrupaciones Políticas.
  • Certificación: el certificante acepta o rechaza la precarga.
  • Generación del lote: se genera un lote con las afiliaciones precargadas y certificadas.
  • Presentación: el apoderado/a presenta el lote ante el Juzgado Federal Electoral correspondiente.
  • Recepción: la Secretaría Electoral recibe el lote.
  • Auditoría: el Juzgado Federal Electoral puede realizar una auditoría o control preliminar de las precargas.
  • Integración al SIGAP: la información puede ser incorporada al Sistema Informático de Gestión de Agrupaciones Políticas.
  • Nueva validación: se realizan nuevamente determinadas validaciones en línea.
  • Administración: la Secretaría Electoral controla los datos y la documentación de las afiliaciones y determina su aceptación o rechazo.

La plataforma también permite generar reportes de las afiliaciones y consultar, según corresponda, las precargas exitosas o rechazadas y las afiliaciones aceptadas o rechazadas.

6. ¿Quién puede crear usuarios y perfiles para los partidos políticos?
7. ¿Cómo se obtienen los usuarios para acceder Portal de Agrupaciones Políticas?
8. ¿Qué condiciones o requisitos se necesitan para obtener usuarios para acceder Portal de Agrupaciones Políticas?
9. ¿Qué sucede si me equivoco al ingresar los datos del usuario que estoy creando (por ejemplo: erróneo número de DNI o nombre)?
10. ¿Todos los usuarios pueden hacer lo mismo?
  • Apoderado/a
  • Certificante
  • Precarga (operador)

11. ¿Qué diferencia hay entre USUARIO y PERFIL?
  • Apoderado/a
  • Certificante
  • Precarga (operador)

12. ¿Puedo prestar mi usuario y clave a otra persona?
13. ¿Por qué incluye doble factor de autenticación? ¿Cómo funciona?
14. ¿Qué sucede si no recuerdo mi usuario y/o mi contraseña?
15. Si estoy creando un usuario y aparece la leyenda “La persona no cumple con todas las validaciones. Consulte en la Secretaría Electoral del distrito”, ¿qué significa?
  • Los APODERADOS/AS y CERTIFICANTES deben estar registrados como tales por la Secretaría Electoral correspondiente en el Sistema Informático de Gestión de Agrupaciones Políticas (SIGAP).
  • Para asignar el perfil PRECARGA (operador), la persona debe estar afiliada al partido correspondiente.

16. Si el usuario ya está creado, ¿le puedo agregar otro perfil?
  • un CORREO ELECTRÓNICO DIFERENTE; y
  • un NOMBRE DE USUARIO DISTINTO.

17. ¿Puede una misma persona tener diferentes perfiles?
  • un CORREO ELECTRÓNICO DIFERENTE; y
  • un NOMBRE DE USUARIO DISTINTO.

18. ¿Puede una misma persona registrarse como apoderado de diferentes partidos? O bien ¿para el mismo partido reconocido en diferentes distritos?
  • un CORREO ELECTRÓNICO DIFERENTE; y
  • un NOMBRE DE USUARIO DISTINTO.

19. ¿Quién puede modificar un usuario o un perfil?
  • el APODERADO/A puede modificar usuarios con perfil CERTIFICANTE y PRECARGA (OPERADOR);
  • el CERTIFICANTE puede modificar usuarios con perfil PRECARGA (OPERADOR);
  • el usuario con perfil PRECARGA (OPERADOR) no puede modificar usuarios.
Además, los Juzgados Federales Electorales pueden modificar cualquier usuario o quitar cualquier perfil.

20. ¿Qué se puede modificar de un usuario o un perfil?
  • el correo electrónico; y
  • el perfil asignado.
No es posible agregar un perfil adicional al mismo usuario.
Los datos personales del usuario corresponden a los registrados en el Sistema de Gestión Electoral (SGE) y en el Sistema Informático de Gestión de Agrupaciones Políticas (SIGAP).

21. ¿Quién puede dar de baja un usuario o quitar un perfil a un usuario?
  • el APODERADO/A puede dar de baja usuarios con perfil CERTIFICANTE y PRECARGA (operador);
  • el CERTIFICANTE puede dar de baja usuarios con perfil PRECARGA (operador);
  • el usuario con perfil PRECARGA (operador) no puede dar de baja ningún usuario.
Además, los Juzgados Federales Electorales pueden dar de baja cualquier usuario o quitarle cualquier perfil.

22. ¿Qué sucede con los usuarios creados por un usuario dado de baja (por ejemplo, operador de PRECARGA creado por un CERTIFICANTE dado de baja)?
23. ¿Qué ocurre si doy de baja un perfil de usuario que precargó o certificó afiliaciones? ¿Se borran?
24. ¿Cómo puedo ver si un usuario ya existe?
  • el APODERADO/A puede consultar CERTIFICANTES y usuarios de PRECARGA (operador);
  • el CERTIFICANTE puede consultar usuarios de PRECARGA (operador);
  • el usuario PRECARGA (operador) no puede consultar otros usuarios.
La consulta puede realizarse mostrando todos los usuarios o utilizando los filtros disponibles.

25. Si un usuario fue dado de baja, ¿es posible volver a cargarlo?
26. ¿Qué funcionalidades tiene cada perfil?
  • Crear, modificar y dar de baja usuarios con perfil CERTIFICANTE y/o PRECARGA (operador);
  • Presentar lotes.
El CERTIFICANTE puede
  • Crear, modificar y dar de baja usuarios con perfil PRECARGA (operador);
  • Precargar afiliaciones y documentación;
  • Consultar precargas;
  • Certificar precargas;
  • Generar lotes.
El operador de PRECARGA puede:
  • Precargar afiliaciones y documentación;
  • Consultar precargas.

27. ¿Qué puede precargar un partido político?
28. La información “precargada” por un partido en el Portal de Agrupaciones Políticas, ¿impacta directamente en el Registro Nacional de Agrupaciones Políticas?
29. ¿Qué diferencia hay entre “precarga” y “carga”?
30. ¿Quiénpuede hacer precargas de afiliaciones?
31. ¿Qué datos del afiliado necesito para hacer una precarga?
  • número de DNI;
  • género; y
  • fecha de afiliación.
La fecha de afiliación es la que figura en la ficha firmada por el ciudadano/a. No es la fecha en la que se realiza la precarga.

32. ¿La fecha de afiliación es la fecha de precarga?
33. ¿Qué sucede con la precarga luego de ingresar esos datos?
34. ¿Es necesario incluir documentación para precargar una afiliación? ¿Cuál?<
  • imagen del DNI del afiliado, con ambas caras, en un archivo o por separado; y
  • imagen de la ficha de afiliación completa, firmada y con la firma certificada.
Ello, sin perjuicio de la documentación adicional que, en cada caso, pueda requerir el respectivo Juzgado Federal Electoral.

35. ¿En qué formato se puede adjuntar la documentación?
  • Formato portátil (PDF) o
  • Imagen (JPG, JPGE o PNG).

36. ¿Qué tamaño puede tener la documentación a adjuntar?
37. ¿Es necesario cargar la documentación respaldatoria en el mismo momento que precargo los datos de los afiliados?
38. ¿Cómo puedo adjuntar documentación de afiliados precargados previamente?
39. Si no recuerdo qué documentación cargué de un afiliado, ¿cómo puedo verificarlo?
  • SIN DOCUMENTACIÓN: no se cargó ningún archivo (en rojo).
  • FALTA DOCUMENTACIÓN: la documentación está incompleta (en amarillo).
  • DOCUMENTACIÓN COMPLETA: se cargó toda la documentación requerida (en verde).

40. ¿Cuándo se considera que la documentación de una precarga de afiliación está “completa”?
  • el DNI de ambas caras y la ficha de afiliación de ambas caras; o
  • el frente y reverso del DNI y la ficha de afiliación de ambas caras.
Si falta alguna de las caras del DNI o de la ficha de afiliación, la documentación aparecerá como FALTA DOCUMENTACIÓN.
Si no se cargó ningún archivo, aparecerá como SIN DOCUMENTACIÓN.

41. ¿Qué sucede si precargo un afiliado que ya había sido precargado?
42. Si al realizar la precarga de una afiliación aparece el siguiente mensaje “NO PUEDE AFILIARSE AL ELECTOR. CONTACTE A LA SECRETARIA ELECTORAL”, ¿qué significa?
  • el número de documento corresponda al nombre y apellido del afiliado;
  • la persona no figure como fallecida o inhabilitada;
  • el distrito del domicilio coincida con el del partido político;
  • el partido se encuentre habilitado para registrar afiliaciones; y
  • la persona no se encuentre ya afiliada a otro partido político (entre otras).
Si la precarga no supera las validaciones, el Portal no permite continuar y muestra un mensaje de error.

43. ¿Cómo puedo saber si una persona ya se encuentra afiliada a un partido político?
44. ¿Cómo puedo verificar el estado de las precargas realizadas?
45. ¿Existe alguna diferencia entre los perfiles PRECARGA -operador- y CERTIFICANTE? ¿Cuál/es?
  • precargar afiliaciones; y
  • adjuntar documentación, como fichas de afiliación y documentos de identidad.
Sin embargo, solo el CERTIFICANTE puede validar o certificar las afiliaciones y la documentación cargadas.
La certificación es necesaria para conformar y generar los lotes que luego presenta el APODERADO/A ante el Juzgado Federal Electoral correspondiente.

46. ¿El certificante puede rechazar afiliaciones precargadas? ¿Por qué?
  • errores en los datos del elector: la plataforma solo permite editar la fecha de afiliación cuando se detecta una inconsistencia en ese dato. No permite modificar los datos personales del elector;
  • errores en la documentación: por ejemplo, si se adjuntó el DNI de otra persona o la ficha de afiliación no se visualiza correctamente. En estos casos, el certificante debe eliminar la documentación incorrecta y cargar la documentación correcta;
  • otro motivo: en este caso, el certificante debe indicar brevemente la causa del rechazo. Por ejemplo, si tiene conocimiento de que el afiliado falleció después de realizada la precarga.

47. La certificación realizada mediante el Portal ¿reemplaza o sustituye la certificación fehaciente de autenticidad prevista por la ley?
48. ¿Qué es un lote?
49. ¿Hay una cantidad mínima y/o máxima de afiliados que pueden conformar un lote?
50. ¿Para qué sirve la CONSULTA DE LOTES?
51. ¿Cómo sé qué lotes están en condiciones de ser presentados ante el respectivo Juzgado Federal Electoral?
52. ¿Qué información puedo visualizar a través de la CONSULTA DE LOTES?
  • Número de lote;
  • Estado del lote;
  • Usuario que lo generó;
  • Cantidad de afiliaciones que contiene; y
  • Fecha de generación.
Además, la herramienta genera un archivo en el que pueden consultarse en detalle las preafiliaciones.

53. ¿Quién puede presentar un lote de afiliaciones precargadas al respectivo Juzgado Federal Electoral?
54. ¿Es posible seguir realizando precargas o modificar los datos de alguna precarga en un lote ya cerrado?
55. ¿Cómo sé si un lote fue recibido por la Secretaría Electoral
56. ¿Cómo se incorpora la información precargada al Registro Nacional de Agrupaciones Políticas?
  • las validaciones realizadas por el sistema; y
  • los controles efectuados por el Juzgado Federal Electoral correspondiente, una vez importado y administrado el lote.

57. ¿A quién puedo consultar si tengo dudas o surge algún inconveniente técnico con el uso de la plataforma?
  • nombre completo del partido;
  • distrito;
  • su nombre y apellido;
  • cargo partidario;
  • perfil asignado en el Portal, y
  • descripción breve y clara de la consulta.
Cuestiones TECNICO-INFORMATICAS
Consultar en https://servicios.pjn.gov.ar/portal/



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