
Cronograma de Capacitación PASO 2023
Si usted ha sido designado como autoridad de mesa en el distrito Neuquén, por favor, recuerde:
El art. 132 del Código Electoral Nacional dispone que: "Se penará con prisión de seis meses a dos años a los funcionarios creados por esta ley y a los electores designados para el desempeño de funciones que sin causa justificada dejen de concurrir al lugar donde deban cumplirlas o hicieren abandono de ellas".
Por tal motivo, todo ciudadano designado sólo podrá excusarse de su deber -dentro de las causales previstas por la ley-, ingresando al sitio:
www.padron.gob.ar/cne_autexcusa.
Resulta necesario recordar que sólo quedarán relevadas del cargo una vez notificadas de la decisión del Juzgado Electoral con competencia electoral que admita la excusación.
Av. Leandro N. Alem 232. CABA.
C1003AAP