ORGANIZACIÓN ELECTORAL Y PROCESOS ELECTORALES EN LA REPÚBLICA ARGENTINA

Para visualizar las respuestas haga click sobre cada una de las preguntas.
1. ¿Qué son las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias - P.A.S.O?
2. ¿Qué son las elecciones generales?

Las elecciones generales, son aquellas elecciones donde el electorado define entre las listas de candidatos y candidatas de las agrupaciones políticas quienes serán elegidos y elegidas para ocupar los cargos públicos electivos.

3. ¿Quiénes pueden votar?

Los ciudadanos y las ciudadanas que figuren en el padrón electoral y acrediten su identidad con documento habilitante.

4. ¿Los/as extranjeros/as pueden votar en las elecciones nacionales?

No pueden votar. Podrán hacerlo para cargos locales si la normativa provincial o de Ciudad Autónoma de Buenos Aires así lo permite.

5. ¿Cuáles son los documentos válidos para votar? (art. 167, CEN)

  • Libreta de enrolamiento/libreta cívica
  • DNI libreta verde
  • DNI libreta celeste
  • Tarjeta del DNI libreta celeste, que contiene la leyenda “No válido para votar”.
  • Nuevo DNI tarjeta
El ejemplar del documento debe ser igual o posterior al que figura en el padrón. No se permitirá el voto de ciudadanos/as cuyo documento corresponde a un ejemplar anterior al que figura en el padrón electoral ni de aquellos/as que presenten el “DNI en su celular”.

6. ¿Por qué no estoy en el padrón electoral si tengo 16 años?

Es posible que no hayas realizado la actualización de mayor del DNI (se debe efectuar a partir de los 14 años); hayas realizado la actualización luego del cierre del padrón provisorio o el Registro Nacional de las Personas no haya remitido a la Cámara Nacional Electoral la información para que seas incluido/a. En este caso, se deberá realizar un reclamo ante la Justicia Nacional Electoral, en los plazos previstos en el Código Electoral Nacional. El mismo podrás realizarlo:

7. ¿Quiénes son las autoridades de mesa?

Las autoridades de mesa son ciudadanos y ciudadanas seleccionados/as de forma aleatoria por la Justicia Federal con competencia electoral. El/la Presidente/a es la Máxima Autoridad de la mesa y puede ser reemplazado/a y asistido/a únicamente por el/la Vicepresidente/a (vocal); ellos/as son los/as únicos/as que pueden manipular el material electoral y tomar decisiones en la mesa de votación.

8. ¿Qué requisitos se deben cumplir para ser autoridad de mesa?

Ser elector/a hábil; tener entre dieciocho (18) y setenta (70) años de edad; residir en la sección electoral donde deba desempeñarse; saber leer y escribir; estar inscripto/a en el padrón electoral; no estar afiliado/a ningún partido político.

9. ¿Cuáles son las funciones de las autoridades de mesa?

Velar por el correcto y normal desarrollo del acto comicial en su mesa. La presencia de las autoridades de mesa es obligatoria durante todo el desarrollo de los comicios. Se podrán ausentar solo temporariamente y deberán dejar constancia de ello en el acta complementaria.

10. ¿Qué debo hacer para postularme como autoridad de mesa?

Si quiere postularse como autoridad de mesa, deberá inscribirse en el Registro Público de Postulantes a Autoridades de Mesa https://www.padron.gob.ar/cne_autoridadesdemesa/, que funciona de forma permanente en todos los distritos. Cabe aclarar que la mera inscripción no implica automáticamente su designación.

11. ¿Las capacitaciones para autoridades de mesa son obligatorias? ¿Debo capacitarme para ambas elecciones?

Las capacitaciones no son obligatorias, pero son necesarias para que los/as ciudadanos/as cumplan sus funciones correctamente. La Justicia Nacional Electoral, pone a disposición de la ciudadanía cursos de capacitación para las elecciones PASO y generales.

12. ¿Dónde se realizan las capacitaciones de autoridades de mesa?
13. ¿Las autoridades de mesa reciben alguna compensación por su labor y por realizar la capacitación?
14. ¿Dónde realizar el reclamo si, por error, no le abonaron el viático correspondiente al desempeño como autoridad de mesa o la capacitación virtual o presencial?
15. ¿Qué sucede si los/as ciudadanos/as designados/as como autoridades de mesa no se presentan o hacen abandono de sus funciones?
16. ¿Qué pasa si me designaron autoridad de mesa y cuando me presento hay otra persona ejerciendo esa función?
17. ¿Cuándo abre y cierra la jornada electoral?
18. ¿Cómo se verifica la identidad de los/as electores/as?
19. ¿Qué sucede en los casos donde existan dudas sobre la identidad del o de la votante?
20. ¿Cómo voto?
21. ¿Qué sucede en los casos de faltantes de boletas?
22. ¿Recibo una constancia de votación?
23. ¿Cómo se realiza el escrutinio de mesa?
24. ¿Qué son los votos afirmativos, nulos, en blanco, recurridos y de identidad impugnada?
25. ¿Qué es un voto “afirmativo”?
26. ¿Cómo se realiza el cómputo final?
27. ¿Qué debo hacer si no voté?
29. ¿Quiénes son los/as fiscales partidarios/as?
30. ¿Quiénes son los/as Delegado/as de la Justicia Nacional Electoral?



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