Descripción
La firma digital es un sello de autenticación electrónico y cifrado que asegura que un documento proviene del firmante y no se ha modificado.

Utilización
A partir del 01/09/2020, los certificados de ciudadano argentino (F052), de no ciudadano argentino (F003), de constancia de identificación (F70) se emiten en archivo electrónico (pdf) con firma digital.

Su utilización fue aprobada por la Cámara Nacional Electoral mediante Resolución de fecha 11 de agosto de 2020.

Validez
Los documentos electrónicos firmados digitalmente tienen la misma validez jurídica que aquellos suscriptos mediante firma ológrafa tradicional.

Preguntas frecuentes sobre firma digital

1. ¿Qué es la firma digital?

Se entiende por firma digital al resultado de aplicar a un documento digital un procedimiento matemático que requiere información de exclusivo conocimiento del firmante, encontrándose ésta bajo su absoluto control. La firma digital debe ser susceptible de verificación por terceras partes, de modo tal que dicha verificación permita simultáneamente identificar al firmante y detectar cualquier alteración del documento digital posterior a su firma.

2. ¿Qué NO es una firma digital?

No es firma digital:

  • Una firma digitalizada (una firma manuscrita escaneada).
  • Una contraseña o password.
  • Un sistema biométrico.
  • Una firma electrónica.
  • Un documento encriptado (solo se garantiza la confidencialidad).

3. ¿A qué documentos aplica la CNE firma digital?

La CNE aprobó la utilización de firma digital para la confección y emisión de los certificados de ciudadano argentino (F052), de no ciudadano argentino (F003), de constancia de identificación (F70), y de las demás certificaciones e informes emitidos por este Tribunal y sus dependencias.

4. ¿Qué validez tienen los documentos suscriptos mediante firma digital?

Los documentos electrónicos firmados digitalmente tienen la misma validez jurídica que aquellos suscriptos mediante firma ológrafa (manuscrita tradicional).

5. ¿Cómo recibo el certificado con firma digital?

Los certificados emitidos en soporte electrónico con firma digital se descargan del enlace (link) enviado por la CNE al correo electrónico informado por el solicitante en el formulario electrónico.

6. Si recibo un certificado suscripto con firma digital, ¿puedo retirar una copia papel en la sede de la CNE o de las Secretarías Electorales?

No, la confección y emisión de los certificados se realiza exclusivamente de forma digital.

7. Si necesito dos o más ejemplares del mismo certificado, ¿debo realizar dos o más solicitudes?

No, el solicitante podrá obtener la cantidad de ejemplares que desee a través del enlace (link) de descarga, que estará disponible por -al menos- treinta (30) días desde su envío, sin necesidad de tramitar varias solicitudes ni de abonar un arancel adicional por cada una de las copias que eventualmente realizare.

8. ¿El documento firmado digitalmente tiene la misma validez al ser impreso?

No, un documento con firma digital impreso NO posee valor legal ni valor probatorio ya que en el documento impreso no se visualiza ninguna marca que certifique el autor de la firma y tampoco se podría verificar la integridad del mismo.

9. ¿Cómo se presenta el certificado emitido?

Ello dependerá de la autoridad, organismo o entidad ante la cual debe presentarse. El certificado es el archivo (pdf) con firma digital, no la copia impresa que eventualmente realice el interesado, respecto de la cual no es posible verificar la autenticidad y originalidad. No obstante eso, si la autoridad, organismo o entidad ante la cual debe presentarse lo requiere, el archivo permite su impresión.

10. ¿Cuál es el plazo de validez de los certificados emitidos por CNE?

Los certificados de ciudadano argentino (F052) y de no ciudadano argentino (F003) tienen un plazo de validez de seis (6) meses cuando se refieren a una persona viva y de dos (2 años) cuando se refieren a una persona fallecida. Las constancias de identificación (F70) tienen un plazo de validez de treinta (30) días cuando se refieren a una persona viva y no tienen vencimiento cuando se refieren a una persona fallecida. Las autoridades, organismos o entidades receptoras de los certificados (por ejemplo, los consulados extranjeros) podrían establecer períodos de validez diferentes que acorten o extiendan esos plazos.

11. Si un documento fue suscripto mediante firma ológrafa (manuscrita tradicional) con una fecha y, a su vez, también cuenta con firma digital de la que surge otra fecha ¿cuál de las dos se considera la fecha del documento?

En caso de documentos suscriptos concurrentemente mediante firma ológrafa (manuscrita tradicional) y digital, se considerará como fecha del acto la consignada en el texto del documento.

12. ¿Debo apostillar los documentos firmados digitalmente?

Los documentos electrónicos firmados digitalmente deben ser apostillados previamente a ser presentados ante autoridades de países extranjeros. La apostilla se realiza ante el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto -Cancillería- (https://www.cancilleria.gob.ar/es/legalizaciones-y-apostillas).

13. ¿Puedo solicitar la emisión de un certificado en soporte papel?

No, los certificados solo pueden solicitarse digitalmente

14. A partir de la implementación de la firma digital ¿pierden validez los certificados ya emitidos en formato papel y suscriptos mediante firma ológrafa (manuscrita tradicional)?

No, la implementación de la firma digital para los certificados (003, 052 y 070), oficios y respuestas a pedidos de informes NO afecta la validez y/o vigencia de los certificados previamente emitidos, ni de los que en el futuro se realicen en soporte papel.

15. ¿Se modificó el formato de los certificados emitidos en soporte físico impreso con firma ológrafa (manuscrita tradicional)?

No, para la confección de certificados en soporte físico impreso, conservan validez todos los formatos utilizados hasta la fecha.

16. ¿Se puede solicitar que los certificados solicitados con anterioridad y confeccionados en formato papel se emitan en soporte digital?

No, en caso de que el solicitante quisiera obtener un ejemplar electrónico con firma digital (archivo pdf) del certificado confeccionado en soporte papel, deberá realizar una nueva solicitud y completar un nuevo trámite.

17. ¿Quién es la autoridad de aplicación de la infraestructura de firma digital en la República Argentina?

La Autoridad Certificante Raíz de la República Argentina es la Secretaría de Modernización Administrativa de la Secretaría de Gobierno de Modernización de la Jefatura de Gabinete de Ministros.

18. ¿Cómo se comprueba la validez de la firma del certificado?

La firma digital se valida mediante el Certificado de Firma Digital emitido por una Autoridad Certificante, que vincula los datos de validación de firma a su titular (según los datos previamente verificados por una Autoridad de Registro). La firma digital puede verificarse en el sitio https://validafirma.pjn.gov.ar/


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