Descripción
La solicitud de último domicilio de electores se utiliza cuando debe diligenciarse un pedido de informes dispuesto por un magistrado, un pedido de parte en el marco de una causa o expediente judicial en trámite, o con carácter previo al inicio de una causa judicial, dentro de las competencias propias del ejercicio de la profesión.
Si va a utilizarse para presentar ante Consulados extranjeros, debe solicitarse un certificado de “ciudadano argentino” (Formulario 052)
Acceso al formulario electrónico de solicitud - Pedido de informe / Oficio
El acceso a la solicitud se encuentra HABILITADO de LUNES a VIERNES de 7.30 hs. a 13.30 hs.
| SOLICITUD DE ÚLTIMO DOMICILIO DE ELECTORES |
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| Instructivo de uso |
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Quiénes pueden solicitarlo
- Abogados matriculados.
- Síndicos (con acreditación de tal carácter)
- Escribanos.
Requisitos
- Estar referido (en principio y como regla general) únicamente a la solicitud del último domicilio de la persona individualizada por el requirente.
- Todo requerimiento de algún dato adicional específico (datos filiatorios, tipo y/o número de documento de identidad, datos de defunción, domicilios anteriores, etc.) deberá estar fundado por el requirente a fin de que se valore su procedencia o improcedencia (a través de las áreas administrativas pertinentes y con carácter restrictivo).
- Cuando no se individualice adecuadamente a la persona sobre la cual se pide el informe (a través de número de documento, género, apellido y nombre, lugar y fecha de nacimiento), el requirente deberá abonar el arancel previsto para la “búsqueda de expedientes archivados”.
- Se admiten hasta cinco (5) pedidos por solicitud.
- Deberá cargarse el oficio o pedido de informes FIRMADO digitalizado (escaneado o fotografiado -la imagen debe ser legible-) u ORIGINAL con firma electrónica o digital.
- En formato pdf (escaneado, fotografiado o con firma electrónica o digital) o foto legible (por ejemplo: jpg, png, etc.).
Arancel
Se abona al final del trámite y únicamente por la vía habilitada a ese fin.
Exención de arancel
- Si se trata de un supuesto exento de arancelamiento, el/la letrado/a deberá informarlo en la carga del formulario y fundarlo en el campo respectivo.
- Se encuentran exentos de arancelamiento aquellos pedidos formulados en causas penales, beneficio de litigar sin gastos, habeas corpus, acciones de amparo y de habeas data, derechos políticos, causa laboral (trabajador), gremial (representación sindical) o previsional, familia (no patrimonial), alimentos y litisexpensas, cuestiones de estado y capacidad de las personas, ejecuciones fiscales y otros casos especialmente exceptuados por la Cámara Nacional Electoral mediante resolución.